10 de marzo de 2017
Crédito: alai
Agencia Latinoamericana de Información
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Resistencia,
temor y equivocación ante el acuerdo de paz
Con
esfuerzo notable el Gobierno Santos vinculó con acierto a la fuerza
pública al proceso de paz de forma que acompañaron activamente las
conversaciones en La Habana, aportaron sustancialmente en las
definiciones del tema tres Fin del Conflicto y participan
positivamente en la implementación del acuerdo. Por supuesto que es
tarea difícil, estructural y de mediano plazo el cambio de doctrina,
orgánico y operacional que debe darse con el paso de las fuerzas
armadas a la transición posbélica. Pero resultan muy negativas las
reacciones de resistencia, temor y equivocación frente al pacto de
paz que expresaron los ex mandos militares que reunidos en ACORE
enviaron el pasado 1 de marzo una carta al presidente Santos.
Las
objeciones contenidas en esta misiva que trascendieron públicamente
también a partir de las declaraciones de prensa de varios ex
generales, van en contravía de la positiva actuación en la
aplicación del pacto de paz y reflejan prejuicios, falsas
apreciaciones sobre sus compromisos y dinámicas y un gran temor a la
aplicación de la JEP, en especial por su coherencia con los
parámetros de los derechos humanos. Por tal situación, merecen
discusión pública las posiciones y propuestas hechas en tal
comunicación.
Implicaciones
en seguridad de las zonas de concentración guerrillera
Los
ex mandos militares afirman sin fundamento alguno que supuestamente
los Puntos y las Zonas de Veredales Transitorios de Normalización
son permanentes, albergarán a grupos armados ilegales luego del
desarme y desmovilización militar de las FARC EP y a comunidades
afectas a tales grupos, de forma que constituyen un grave factor de
seguridad comparable a lo que históricamente algunos llamaron en los
años 60 “repúblicas independientes”.
“…zonas
permanentes y no de carácter transitorio en los sitios acordados,
para conformar peligrosos asentamientos con grupos no desmovilizados
y comunidades afectas, que potencialmente y hacia el futuro
inmediato, se constituirían en graves amenazas y factor de
perturbación, tal como aconteció en el pasado con las llamadas
‘repúblicas independientes’ que tanto daño causaron a la
integridad de la nación”. Se
afirma en la carta.
Con
evidencia en el texto y en los hechos que respaldan la aplicación
del acuerdo, estos puntos y zonas de concentración guerrillera de
las estructuras militares de las FARC EP son de carácter temporal,
tienen como únicos propósitos implementar los procedimientos ya en
marcha de la dejación de las armas y su sustracción de tales
territorios por la ONU y la preparación para el paso del conjunto de
los ex combatientes a la vida civil. Existe un cronograma preciso en
aplicación que establece que hacia mayo y junio todas las personas
allí albergadas saldrán en calidad de ciudadanos que se incorporan
a la vida familiar, comunitaria, social y política en las distintas
regiones del país. Además, la Ley 104, en su versión actual tras
la reforma de marzo de 2016, establece que en tal tipo de zonas solo
pueden existir temporalmente y servir a los procesos de desarme,
desmovilización de estructuras militares e integración de ex
combatientes a la vida civil.
Por
supuesto que el factor de seguridad de grupos armados ilegales existe
tanto en términos de la persistencia del ELN como insurgencia, en
espera para los partidarios de la paz de logro del pacto de paz
faltante con esa guerrilla, para conseguir también su compromiso de
desarme, desintegración de estructuras guerrilleras y paso de la
insurgencia a la vida política y social en la legalidad de sus
integrantes. Pero también existe este peligro ya de grupos armados
ilegales en el rezago activo de expresiones degradadas del
paramilitarismo y en las redes mafiosas y de aliados de diverso tipo
que existen en distintas regiones. Sin embargo, no son la insurgencia
aún activa ni el paramilitarismo y su zaga de aliados ilegales y
legales quienes están en estas zonas y puntos. Por el contrario,
también el pacto de paz tiene el expreso compromiso de conseguir por
fin a la vez, el desmantelamiento de las herencias vigentes del
paramilitarismo.
Más
aún, precisamente una exageración en la instalación de estas zonas
y puntos fue que producto de la presión gubernamental su ubicación
además de ser solo en contextos veredales, implicó seleccionar
áreas despobladas y bastante alejadas, al punto que parte de las
dificultades es que han tenido que instalarse por lo regular incluso
mediante acciones de lamentables de tala de bosque natural y
adecuación para viviendas en zonas más allá de la frontera
agrícola. El empeño en mantener aislada la guerrilla explica la
lejanía de tales zonas y puntos con los núcleos poblacionales, lo
cual desmiente las presuntas relaciones referidas. Se ignora en la
carta referida el control militar y policial existente a partir del
anillo externo establecido por la fuerza pública. Y se habla de
“repúblicas independientes”, lo que reproduce el estigma que
justificó el ataque cruento contra comunidades campesinas en pasadas
décadas, las cuales asediadas por los operativos militares oficiales
se vieron compelidas a pasar de la autodefensa a las guerrillas
móviles de resistencia, como lo refieren los relatos históricos de
lo acontecido.
Viabilidad
y garantía con los esquemas mixtos de seguridad
En
los procesos de paz de los 90, como expresión del paso de las
guerrillas M19 y EPL y de otras agrupaciones milicianas regionales se
implementaron esquemas de seguridad mixtos, de forma que ex
combatientes de la insurgencia ingresaron junto con escoltas de
organismos de seguridad oficiales y de la fuerza pública, a brindar
funciones de escoltas. Independiente de particularidades, logros y
dificultades que existieron de distinto orden, de manera general
brindaron una necesaria y acertada respuesta en materia de garantías
de seguridad a líderes y ex combatientes amnistiados e indultados en
alto riesgo. Ahora se retoma el sentido mixto no solo con ex
combatientes sino también con personas de la población, dentro de
un más robusto esquema de garantías, protección, controles y
formas de verificación.
Tales
esquemas de seguridad son instancias oficiales como la Unidad
Nacional de Protección y los entes de seguridad y fuerza pública
comprometidos, con personal que se capacita y pasa por controles y
exámenes diversos que deben entregar las garantías del caso. Por
tanto, resulta ser alejado de la realidad histórica reciente y de la
actual, pretender señalarlos como una organización de escoltas de
las FARC, estigmatizada y puesta bajo sospecha, lo cual atenta de
forma prevenida contra la calidad de civiles y la confianza y las
garantías que deben merecer las personas amnistiadas que obtienen el
pleno retorno a la vida civil. Por el contrario, la referida carta se
atreve a expresar también sin fundamento que se trata “de una
organización constituida por escoltas pertenecientes a las FARC”.
Temor
a la justicia y rechazo a los defensores de derechos humanos
El
asunto central del pronunciamiento de los ex mandos militares estriba
en el alto temor a la justicia, la discusión sobre posible
inseguridad jurídica y la especie de veto que levantan contra
respetables personalidades del campo de los derechos humanos que
prestan oficios en la implementación de la JEP. No se ha agotado el
debate parlamentario en la especificación final del texto del Acto
Legislativo que crea esta nueva jurisdicción, propia de la justicia
de transición que es parte sustancial del pacto de paz, de forma que
existe el reto de conseguir su regulación adecuada. El reclamo de
seguridad jurídica levantado, precisamente estriba en que los
alivios penales y los compromisos con el sistema integral de verdad,
justicia y reparación de las víctimas sea adecuado y efectivo,
precisamente para que no haya lugar a la actuación que haría la CPI
(Corte Penal Internacional), dado el caso de impunidad general y
manifiesta ante graves violaciones a los derechos humanos sucedidas.
Pero
los ex militares y sus asesores se equivocan al pretender una especie
de compromiso en la implementación del derecho interno cerrando las
posibilidades del derecho internacional, en lo referente a graves
violaciones a los derechos humanos y el derecho humanitario.
Pretenden ignorar que la CPI no solo se rige por el principio de
subsidiaridad sino con mucha claridad y fuerza también por el
principio de complementariedad. Precisamente, el propósito
compartido de resolver todos los casos de su competencia en términos
del derecho interno, implica que el dispositivo de la JEP, como se ha
consignado en el acuerdo de paz, lleva a que los principales
responsables de todos los actores responsables tengan penas
alternativas y compromisos efectivos con el sistema integral
definido. En tal situación, la renuncia a la persecución penal se
define solo para delitos no graves. Y la justicia interna como la
internacional, tendrán plenas posibilidades de actuar para quienes
no se acojan o no sean de competencia para la JEP.
Adicionalmente,
resulta lamentablemente reveladora la herencia de estigma,
señalamiento, desconfianza y deslegitimación que reflejan los
firmantes de la misiva referida, quienes se atreven a denigrar y
rechazar producto de ello, la participación de destacadas y
meritorias personalidades internacionales de los derechos humanos en
las acciones previstas de la JEP. Es parte de la aplicación del
acuerdo la integración con los conocidos cinco entes internos e
internacionales del comité de escogencia de los integrantes de la
JEP y de la Comisión de la Verdad y Esclarecimiento. Dentro de ellos
aparecen designados los juristas destacados internacionalmente por
sus valiosos aportes a los derechos humanos, Diego García Sayán,
tratadista y ex ministro de justicia de Perú, y Juan Méndez
director de ONG internacionales de DDHH y ex presidente de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Su contribución
constituye una contribución “de lujo” y altamente beneficiosa
para la implementación de la JEP y la Comisión referida.
Sin
embargo, es sorprendente, triste y vergonzoso internacionalmente ver
a estas alturas a los ex mandos militares señalarlos en su
comunicación y en declaraciones públicas previas y posteriores de
izquierdistas, de favorecedores legales de terroristas y de carentes
de imparcialidad. De fondo, sí son entendibles temores a las
acciones coherentes con los derechos humanos, para el caso con las
respuestas esperadas en justicia por las millones de víctimas
ocasionadas frente a los responsables principales y directos de las
más graves violaciones e infracciones cometidas.
Bogotá,
DC. 9 de marzo de 2017.
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