14 de diciembre de 2016
Crédito: Correo del Orinoco
Al
inicio de la actividad, la presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez,
recordó que la AN está “imposibilitada para designar rectores al
CNE por encontrarse en desacato al Poder Judicial y por haberse
vencido los lapsos de las rectoras”
Este
miércoles, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) juramentó como
rectoras del Consejo Nacional Electoral (CNE) a las ciudadanas
Socorro Hernández y Tania D’ Amelio para el período 2016-2022, de
conformidad con lo ordenado por la Sala Constitucional mediante
sentencia 1.086, dictada en 13 de diciembre del año en curso y ante
el desacato de la Asamblea Nacional (AN), que no cumplió con los
requisitos para esta designación.
Al
inicio de la actividad, la presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez,
recordó que la AN está “imposibilitada para designar rectores al
CNE por encontrarse en desacato al Poder Judicial y por haberse
vencido los lapsos de las rectoras”.
Durante
el acto de juramentación y la firma del acta, las magistradas y los
magistrados que integran el TSJ desearon éxito en la gestión de las
autoridades del Poder Electoral en este nuevo periodo.
“La
designación se efectúa como medida indispensable, atendiendo al
mantenimiento de la supremacía constitucional, así como a la
estabilidad y a la paz de la República, por haber expirado el
período constitucional correspondiente”, expresó la sentencia del
máximo tribunal del país, publicada el pasado martes.
Sobre
esta decisión, Gutierrez explicó que la Sala Constitucional tomó
“la medida necesaria para suplir la omisión en la que había
incurrido la AN” y afirmó que esta acción “servirá para el
normal funcionamiento del Poder Público y el desenvolvimiento de la
vida democrática”.
De
esta manera, la primera Rectora principal del CNE es desde ahora
Socorro Elizabeth Hernández, y como su suplente Iván Zerpa
Guerrero; como segunda Rectora principal Tania D’Amelio Cardiet, y
como su suplente Gustavo Guevara Sifontes; quienes ya fueron
postulados y designados rectores del ente comicial, por cumplir todos
los requisitos previstos en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
Esta
designación por parte del máximo órgano judicial, se realiza como
parte del proceso de expiración del período constitucional de ambas
rectoras, aunado a que la AN se encuentra en desacato a la Ley,
situación que determina la nulidad de todas sus actuaciones mientras
mantenga esa conducta.
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