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lunes, 7 de agosto de 2017

TSJ SUSPENDE E INHABILITA A LA FISCAL LUISA ORTEGA DÍAZ (+ART. 380)

29 de julio de 2017
Crédito: LaIguanaTv


Este viernes se conoció de manera extraoficial la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de suspender e inhabilitar de sus funciones a la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz.


La medida se supo luego de que algunos medios y periodistas difundieran la información a través de sus redes sociales.

El diario Últimas Noticias señaló que fuentes cercanas al TSJ confirmaron la medida, que aplica el artículo 380 del Código Orgánico Procesal Penal sobre “suspensión e inhabilitación” de funcionarios de la República. Horas después, este mismo medio publicó que según fuentes del Ministerio Público, éste y Luisa Ortega Díaz -como Fiscal- siguen desempeñando sus funciones de manera regular, al desconocer alguna información formal u oficial.

miércoles, 12 de julio de 2017

(VIDEO) TSJ tomó la decisión: Leopoldo López salió de la cárcel y pasó a arresto domiciliario

08 de julio de 2017
Crédito: Aporrea.org


Una nota emanada del Tribunal Supremo informa que "con ponencia del magistrado Maikel Moreno, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia se avocó de oficio a la causa contra el ciudadano Leopoldo López, en virtud que existían serios señalamientos de irregularidades sobre la distribución del expediente a un Tribunal de Ejecución, asimismo y en virtud de información recibida sobre la situación de salud del dirigente político, el magistrado ponente Maikel Moreno, consideró ajustado a derecho otorgar una Medida Humanitaria a López, la cual se hizo efectiva este mismo viernes 07 de julio".

De esta manera el opositor venezolano Leopoldo López sale de prisión y ahora permanece bajo arresto domiciliario.

La condena a López le fue impuesta el 10 de septiembre de 2015, luego de un proceso judicial emprendido para determinar su responsabilidad con los hechos violentos desatados en el país en febrero de 2014, que provocaron la muerte de 43 personas. López fue condenado a la sentencia de 13 años, 9 meses y siete días de prisión.

Leopoldo López está en su casa de Caracas con Lilian y sus hijos. Aún no es libre, sigue bajo arresto domiciliario. Le sacaron de madrugada, informó a través de Twitter el abogado Javier Cremades (@JavierCremades).

lunes, 3 de julio de 2017

LAS 10 FRASES MÁS IMPORTANTES DEL PRONUNCIAMIENTO DE MADURO SOBRE ATAQUE AL TSJ Y MRIJP

 25 de junio de 2017
Crédito: LaIguanaTv


Luego de que un helicóptero conducido por grupo armado atacara  la sede del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y del Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, el presidente de la República, Nicolas Maduro se pronunció en rechazo. Acá puede leer las frases más destacadas:
Vamos a capturar al responsable de este acto terrorista.


•Investigaciones indican que el piloto trabajo para el exministro Rodríguez Torres.



•Detrás de esto está la activación de un plan de violencia que solo seguirán generando más muertos en nuestro país.



•Condenamos estos ataques violentos terroristas.



•Espero que el Ministerio Público se pronuncie lo antes posible.



•No será un grupo de terroristas que se imponga en el miedo al pueblo.



•Es una oportunidad para que la MUD se desligue de estos ataques.



•¿Hasta donde va a llegar su subordinación al imperio?



•Nosotros sabemos hasta dónde vamos a llegar: ¡hasta la victoria siempre!



•Tarek y el Ministro Padrino están activos trabajando en la investigación en este momento.

domingo, 4 de junio de 2017

TSJ venezolano: asesinato de juez es un golpe al Poder Judicial

 02 de junio de 2017
Crédito: TelesurTv

El presidente del TSJ declaró que el asesinato del juez Moncada no detendrá su lucha para alcanzar la paz en el país. | Foto: AVN

El juez Nelson Moncada ratificó la condena contra Leopoldo López dirigente del partido Voluntad Popular que llevó a cabo en el 2014 el plan "la Salida".

El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, Maikel Moreno, aseveró este viernes que el asesinato del juez Nelson Moncada representa un golpe para el Poder Judicial.

"Es difícil el día de hoy (viernes) estar parado acá, creo que para todos ustedes igualmente por la circunstancia, el golpe que le han dado al Poder Judicial con el asesinato vilmente de un compañero como era el doctor, Nelson Moncada, un joven abogado venezolano a quien el miércoles le fue truncado su futuro", lamentó Moreno.

El representante del TSJ dijo que estos sucesos proporcionan más fortaleza y ratifican el amor a la Patria. Aseguró que no descansará en su lucha por la estabilidad del país.

Este miércoles 31 de mayo, durante una protesta opositora, un grupo violento impidió que el juez esquivara una barricada y Moncada recibió varios disparos. El hecho ocurrió en la avenida Páez de El Paraíso, en Caracas. 

El ministro de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Néstor Reverol, declaró que se presume que el crimen del juez es producto del sicariato.

Moncada conformó el tribunal de apelación que ratificó en el 2016 la condena contra Leopoldo López, encargado de ejecutar el plan insurreccional “La Salida” en el 2014 que causó la muerte de 43 ciudadanos.

Participó también en el desmantelamiento de "campamentos" ubicados en la avenida Francisco de Miranda, en la ciudad capital, donde se incautaron armas, drogas, artefactos incendiarios, como parte del mismo plan desestabilizador de López.

martes, 23 de mayo de 2017

EEUU impone sanciones a Calixto Ortega y a otros siete magistrados del TSJ

18 de mayo de 2017
Crédito: Aporrea.org

El Departamento del Tesoro de EE.UU., impuso hoy sanciones a ocho magistrados del TSJ, alegando que "han usurpado las funciones de la democráticamente electa Asamblea Nacional".

Los funcionarios sancionados son el presidente del Tribunal, Maikel José Moreno Pérez, y los siete miembros principales de la Sala Constitucional: Juan José Mendoza Jover; Arcadio de Jesús Delgado Rosales; Gladys Maria Gutierrez Alvarado; Carmen Auxiliadora Zuleta de Merchán; Luis Fernando Damiani Bustillos; Lourdes Benicia Suárez Anderson y Calixto Antonio Ortega Ríos.

Las sanciones incluyen la congelación de todos sus activos en los Estados Unidos, así como la suspensión de visas de viaje y prohibición de hacer negocios con ciudadanos estadounidenses.

lunes, 10 de abril de 2017

TSJ: "Rechazamos acciones de un sector de la AN que pretende erosionar la estabilidad política, democrática y el orden constitucional de la República"

04 de abril de 2017
Crédito: Aporrea.org


El Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Junta Directiva, actuando en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 254 y 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica que lo rige, emite el presente comunicado a la opinión pública nacional e internacional:


El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala Constitucional, en su condición de máxima intérprete de la Constitución es garante de la constitucionalidad y la legalidad en el país y rechaza cualquier pretensión que atente contra la estabilidad institucional de la República y violente el debido proceso, al cual deben estar sometidos todos los actos que rigen al Poder Público.

Desde este alto Tribunal rechazamos las acciones de un sector de la Asamblea Nacional que pretende erosionar la estabilidad política, democrática y el orden constitucional de la República Bolivariana de Venezuela.

Este sector que se mantiene en desacato, persiste en desconocer, lo establecido en el artículo 265 de nuestra Constitución que expresamente demanda la concurrencia de dos de las ramas del Poder Público para proceder a la remoción de los Magistrados y Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, previo procedimiento de calificación de falta grave por parte del Poder Ciudadano.

El cuerpo de servidores públicos de este Poder Judicial continuará dando respuestas a las necesidades de nuestro país en cumplimiento de la legalidad y de la interpretación prudente y estricta de nuestra Carta Magna, para de esta forma preservar la tranquilidad y la paz en nuestro pueblo.

Rechazamos categóricamente cualquier acto que pretenda deslegitimar la actuación de los Magistrados y Magistradas de la Sala Constitucional, quienes han actuado en cumplimiento de los mandatos constitucionales en resguardo del orden democrático y la paz social.

Exhortamos al cuerpo legislativo nacional a cumplir con la Constitución y las leyes para preservar el estado de derecho en resguardo de la independencia y autonomía de los Poderes Públicos.

Hacemos nuestras las palabras del Papa Francisco e invitamos al diálogo como único camino para preservar la paz, siempre dentro del marco de la soberanía nacional.

En Caracas, a los Cuatro (04) días del mes de abril de 2017. Años: 206° de la Independencia y 158° de la Federación.

El Presidente,
MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ


La Primera Vicepresidenta
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
El Segundo Vicepresidente,
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
LOS DIRECTORES,
MARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL


YVÁN DARÍO BASTARDO FLORES MARJORIE CALDERON GUERRERO

domingo, 2 de abril de 2017

Maikel Moreno: “Las sentencias del TSJ no han despojado al parlamento de sus funciones”

01 de abril de 2017
Crédito: Aporrea.org



El presidente del TSJ, Maikel Moreno, leyó un comunicado a la opinión pública nacional e internacional como respuesta al atender el exhorto efectuado por el Consejo de Defensa Nacional.

Parte del texto reza que “el TSJ garantiza las normas y principios constitucionales establecidos en los artículos 335 y 336 de nuestra Carta Magna, las cuales le atribuyen al ente judicial la facultad de ser el máximo y último intérprete de la Constitución”.

Moreno aseguró que el máximo tribunal venezolano ha garantizado tanto el estado de derecho como la gobernabilidad, al tiempo que, en la lectura del texto manifestó que “las sentencias no han despojado al parlamento de sus funciones”.

El titular del TSJ le recordó al cuerpo diplomático que el Tribunal Supremo era el máximo intérprete de la Constitución y que esta instancia velará y salvaguará la ley y la Constitución.

"Tengan la plena seguridad embajadores, dignos representantes que en nosotros no haremos nunca nada que atente contra la estabilidad de nuestro país. Siempre va a hacer las decisiones que tenga, a bien, indicar este Tribunal Supremo de Justicia o cualquier tribunal de la República es en beneficio de la paz, la tranquilidad y la democracia de nuestro país", dijo Moreno.

Así mismo informó que se ha procedido a revisar las sentencias 155 y 156 y que el día de hoy son públicas las aclaratorias de las mismas.

A continuación el Comunicado del TSJ: 

JUNTA DIRECTIVA

El Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Junta Directiva, actuando en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica que lo rige, emite el presente comunicado a la opinión pública nacional e internacional:
El Tribunal Supremo de Justicia, apegado al principio constitucional de colaboración de las ramas del Poder Público en la realización de los fines del Estado, atiende el exhorto efectuado por el Consejo de Defensa de la Nación.

El Poder Judicial, en ejercicio de la función de la administración de justicia, que constituye potestad de emanación popular, garantiza la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, cumpliendo irreductiblemente con los mandatos previstos en los artículos 335 y 336 constitucional, que le atribuyen la facultad de ser el máximo y último interprete de la Constitución, correspondiéndole, entre otras atribuciones, resolver conflictos entre las distintas ramas del Poder Público y declarar la inconstitucionalidad de la omisión del poder legislativo municipal, estadal o nacional, para garantizar el funcionamiento del Estado.

El Tribunal Supremo de Justicia en su actuación jurisdiccional ha garantizado el Estado constitucional de derecho y el cumplimiento de los mandatos dados por la Carta Magna, y con ello contribuye a lograr el equilibrio entre las ramas del Poder Público, garantizando la gobernabilidad, el ejercicio de la soberanía nacional y la estabilidad democrática.

Las decisiones dictadas en resguardo del orden constitucional implican la adopción de medidas destinadas a garantizar el funcionamiento eficaz de la institucionalidad democrática del Estado venezolano y la protección del Pueblo Soberano, lo cual no puede verse afectado o alterado en ningún caso.

Las decisiones emanadas del Tribunal Supremo de Justicia no han despojado al Parlamento de sus funciones, así como tampoco lo ha disuelto o anulado, y reconoce la inmunidad parlamentaria como una garantía de la función legislativa, con las limitaciones que establece el texto constitucional. Es sólo responsabilidad del órgano legislativo reasumir el válido ejercicio, legal y legítimo, de sus competencias constitucionales, al acatar las decisiones del Poder Judicial y someterse al Estado de Derecho.

El sistema de gobierno venezolano está conformado por cinco Poderes Públicos nacionales que funcionan de manera autónoma, y los conflictos que pudieren existir se resuelven atendiendo al ordenamiento constitucional, sin embargo, el Poder Judicial no demostrará pasividad ante los ataques de los cuales pudiéramos ser objeto por parte de factores nacionales e internacionales, que hoy se alzan con una vocería tendenciosa y desconocedora de la soberanía.

El Tribunal Supremo de Justicia en consideración al exhorto efectuado por el Consejo de Defensa de la Nación ha procedido a revisar las decisiones 155 y 156, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano, y en tal sentido, hoy son públicas y notorias sendas sentencias aclaratorias que permiten sumar en lo didáctico y expresar cabalmente el espíritu democrático constitucional que sirve de fundamento a las decisiones de este Máximo Tribunal.

Desde el Poder Judicial de la República Bolivariana de Venezuela en correspondencia con nuestro talante, ratificamos la disposición al diálogo nacional y la resolución de controversias entre las distintas ramas del Poder Público conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantizando la defensa de la Nación y la Constitución que el Pueblo Venezolano se dio para transitar el rumbo que irrevocablemente le corresponde en la Historia: ser soberana, libre e independiente. 

El Presidente,

Presidente del TSJ: Tribunal Supremo de Justicia salvaguarda ley y Constitución del país

01 de abril de 2017
Crédito: VTV Noticias



El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Maikel Moreno, garantizó este sábado que el Máximo Tribunal del país “es el máximo intérprete velará y salvaguardará la ley y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.


En una alocución desde la sede de la instancia judicial, en Caracas, y transmitida por Venezolana de Televisión, indicó que “las deferencias por cualquier decisión de este Máximo Tribunal o de cualquier representante del Poder Público se dirimen entre nosotros, entre los venezolanos”.

Recordó que “desde hace dos días se han presentado situaciones o ataques contra el Estado venezolano y específicamente contra el Poder Judicial por decisiones emanadas del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente nuestra Sala Constitucional”.

En referencia a la reunión este viernes del Consejo de Defensa de la Nación, convocada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, en referencia a la discrepancia surgida entre órganos del Poder Público, y efectuada en el Palacio de Miraflores, indicó que se desarrolló “para conversar sobre los ataques nacionales e internacionales con las decisiones de este máximo tribunal”.

En este sentido, el presidente del Poder Legislativo ratificó: “Lo que hemos demostrado en este momento es que somos un poder autónomo, democráticamente y constitucionalmente constituido. No haremos nunca nada que atente contra la estabilidad de nuestro país. Siempre van a ser las decisiones que tenga a bien indicar este Tribunal Supremo de Justicia o cualquier tribunal de este país en beneficio de la paz, la tranquilidad, la democracia de nuestro país”.

La madrugada  de este sábado, el Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 155 y 156 sobre las competencias de la Asamblea Naciones (AN), de mayoría derechista, y en condición de desacato, y la inmunidad parlamentaria.

Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido”, indica el Alto Tribunal en su página web oficial.

Señala que “en lo que respecta al punto 4.4 del dispositivo referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho; cuyo contenido se suprime”

(VIDEO) Consejo de Defensa de la Nación exhorta al TSJ a revisar decisiones 155 y 156, para estabilidad institucional y equilibrio de Poderes

01 de abril de 2017
Crédito: Aporrea.org


El presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela Nicolás Maduro Moros, en cadena nacional a la 12.20 am del primero de abril, al cierre del Consejo de Defensa de la Nación, dió por superada la controversia entre el TSJ y la Fiscalía General de la República.

Tareck El Alsaimi vicepresidente ejecutivo de la República leyó el comunicado oficial en donde se exhorta al Tribunal Supremo de Justicia a revisar las decisiones 155 y 156 con el propósito de mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de poderes mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano.

Revisar no necesariamente implica cambiar sustancialmente las sentencias, pero entretanto, las mismas no tendrán aplicación inmediata. Todo el país estará pendiente de las decisiones que tome el Tribunal Supremo de Justicia sobre esta sensible materia que toca a la vigencia del Poder Legislativo (la Asamblea Nacional) y que ha convulsionado a la opinión pública nacional e internacional.


En la sesión del Consejo de la Defensa de la Nación, convocado este viernes por el presidente de la República, Nicolás Maduro, fueron acordadas acciones "para preservar la institucionalidad de la República", tras la controversia suscitada entre el Ministerio Público como parte del Poder Ciudadano y el poder Judicial, representado por el Tribunal Supremo de Justicia. El presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, estimó que con las decisiones adoptadas por el Consejo de Defensa la controversia quedaba superada. "Hemos estado en sesión permanente del Consejo de Defensa de la Nación, fructífera sesión de deliberación, cumpliendo y haciendo cumplir el espíritu de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 323, como mecanismo útil, pertinente, para el procesamiento de esta controversia que ha surgido, surgió y que rápidamente en la activación de este artículo hemos avanzado en importantes acuerdos y soluciones", Así lo expresó en transmisión conjunta de radio y televisión el Jefe de Estado  y agregó: "Hemos llegado a un acuerdo de solución de esta controversia y puedo decir que con la lectura de este comunicado y la publicación de la aclaratoria y las correcciones respectivas de las sentencias 155 y 156 queda superada esta controversia, demostrando las capacidades de diálogo y resolución que se pueden activar por nuestra Constitución".

El Consejo de Defensa de la Nación está conformado, además del jefe de Estado, por el vicepresidente Ejecutivo, Tarek El Aissami, el ministro para la Defensa, Vladimir Padrino López, la ministra para Relaciones Exteriores, Delcy Rodríguez, el ministro para Relaciones Interior, Justicia y Paz, Néstor Reverol, el ministro para la Comunicación e Información, Ernesto Villegas, la ministra para el despacho de la Presidencia, Carmen Meléndez, así como el presidente del Poder Moral y Ciudadano, Tareck William Saab y el presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Maikel Moreno.

Se dijo que también fue invitado el representante del Poder Legislativo, quien no acudió. Se informó que los acuerdos fueron alcanzados por unanimidad y en consulta con todos los integrantes del Poder Moral y Ciudadano, conformado por la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General de la República y la Contraloría General de la República.

El comunicado, leído por el vicepresidente El Aissami, contiene los siguientes acuerdos del Consejo:

El Consejo de Defensa de la Nación, debidamente convocado y presidido el día de hoy por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, en su condición de jefe de Estado, conforme al mandato y las atribuciones que le confiere el artículo 323 de la Constitución y la Ley Orgánica de la Seguridad de la Nación, en ocasión de la controversia surgida por la Fiscalía General de la República y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha decidido:

1. Ratificar que el Máximo Tribunal de la República en su Sala Constitucional es la sala competente para el control de la constitucionalidad de los actos emanados de cualquier órgano del Poder Público Nacional que colinden con la Carta Magna, así como la resolución de los conflictos entre poderes.

2. Exhortar al Tribunal Supremo de Justicia a revisar las decisiones 155 y 156, con el propósito de mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de Poderes, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano.

3. Reiterar que los desequilibrios y conflictos entra las distintas ramas del Poder Público Nacional se encausan mediante los mecanismo de control constitucional y la colaboración entre los poderes, los cuales son expresión del dinamismo y la pluralidad de los estados constitucionales y democráticos.

4. Destacar los loables esfuerzos del Presidente de la República como jefe de Estado, en la búsqueda de soluciones para resolver, dentro del marco constitucional y mediante el diálogo constructivo, los conflictos entre los órganos del Poder Público Nacional en atención a la independencia, la división y la autonomía de sus distintas ramas.

5. Insistir en nuestra disposición al diálogo fecundo y exhortar a la oposición venezolana a incorporarse sin demora al diálogo nacional promovido por el jefe de Estado y acompañado por Unasur, el Papa Francisco y los expresidentes Martín Torrijos, Leonel Fernández y José Luis Rodríguez Zapatero.

6. Repudiar categóricamente cualquier intervención que atente contra la independencia, la soberanía, la integridad territorial y la autodeterminación. Los asuntos de los venezolanos deben ser resueltos exclusivamente por nosotros, sin injerencia ni intervención alguna y en respeto estricto a la jurisdicción interna del Estado venezolano.

La fortaleza del sistema democrático en Venezuela y de su robusto estado de derecho, no está discusión ni entredicho. Es muestra del Estado constitucional de derecho, de justicia social y paz, edificado en un país que ha hecho de la práctica de la democracia participativa y protagónica, el vehículo para la transformación de la sociedad y la búsqueda de la mayor suma de felicidad posible.

En palabras de nuestro Libertador: "Solo la democracia es susceptible de una absoluta libertad, libertad que define como el poder que tiene cada hombre de hacer cuanto no esté prohibido por la ley". Simón Bolívar

Jefe de Estado: La única ruptura del orden constitucional la protagonizó la derecha en el 2002 y fue avalada por la OEA

31 de marzo de 2017
Crédito: Aporrea.org

El Jefe de Estado venezolano Nicolás Maduro, rechazó las declaraciones falsas que la derecha promueve en el mundo para atacar al gobierno nacional y violentar la soberanía del país.

"En el mundo entero la derecha dice que hay una violación del orden constitucional, esos que quieren ver de rodillas al país, la única ruptura del orden constitucional la protagonizó la derecha fascista el 11 y 12 de abril del año 2002 y la avaló la OEA. En 18 años de Revolución es la única ruptura que ha habido", precisó el Presidente durante la clausura de la Expo Venezuela 2017 realizada en la ciudad de Caracas.

Recordó que "fue el pueblo y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana quienes activaron el artículo 350, restituyeron la Constitución, rescataron al Comandante Chávez y el rumbo que seguimos caminando, revolución, revolución y más revolución".

Destacó que en Venezuela hay plena vigencia de la Constitución, de los derechos humanos y del poder popular, "tenemos una democracia participativa y protagónica y los poderes públicos están en pleno uso de sus facultades. La Asamblea Nacional está minimizada por sus propios errores, es una situación atípica producto de sus propias ilegalidades, y gracias a la Sala Constitucional, ha contenido sus actos subversivos que han pretendido destituir al presidente de la República y llamar a la intervención a organismos internacionales. En Venezuela tenemos que hacer respetar la verdad y resolver las cosas por la vía del diálogo, no dando argumentos falsos para intervenir el país".

TSJ de Venezuela aclara sentencia sobre la AN para superar impasse entre poderes públicos

 01 de abril de 2017
Crédito: TelesurTv


El Máximo Tribunal de Venezuela aclaró las sentencias 155 y 156 emitidas en medio del desacato judicial que mantiene la AN ante la negativa de desincorporar a tres diputados electos en condiciones irregulares. 

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela aclaró la sentencia N° 155 y 156 sobre las competencias de la Asamblea Naciones (AN) de mayoría opositora y en condición de desacato, y la inmunidad parlamentaria. 

"Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido", dice un comunicado emitido por el TSJ en su página web oficial, atendiendo un exhorto del Consejo de Defensa del país. 

Asimismo, indica que "en lo que respecta al punto 4.4 del dispositivo referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho; cuyo contenido se suprime". 

Este viernes surgió un impasse entre los Poderes Públicos venezolanos, ante la postura asumida por la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, sobre las decisiones del TSJ que tenía como objetivo garantizar el estado de derecho en el país.

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, convocó este martes a una reunión de urgencia del Consejo de Defensa para resolver las diferencias entre los poderes públicos de la nación.

El Consejo exhortó al TSJ a revisar las decisiones 155 y 156 de manera que se mantenga la estabilidad constitucional.

La decisión del TSJ venezolano, en consonancia con la Carta Magna, ocurre para hacer frente al desacato que se mantienen desde el 5 de enero de 2016 por la AN al juramentar a tres diputados de la autodenominada Mesa de la Unidad (MUD) electos por el estado Amazonas (sur) el 6 de diciembre, luego de ser suspendidos provisionalmente a causa de irregularidades de votos en esa región. Esta medida hace que todas las acciones del Parlamento desde entonces sean nulas mientras los legisladores no sean desincorporados.

DEPARTAMENTO DE ESTADO: EE.UU. CONDENA LA DECISIÓN DEL TSJ EN VENEZUELA (+INJERENCIA)

 30 de marzo de 2017
Crédito: LaIguanaTv

En un nuevo acto de injerencia sobre la política interna de Venezuela, Estados Unidos rechazó este jueves la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), según la cual se determinó que asumirán facultades legislativas mientras la Asamblea Nacional persista en su desacato a la Sala Constitucional.

A través de un comunicado, el Departamento de Estado catalogó la medida como una manera de "usurpar los poderes" del Parlamento venezolano, a la vez que la calificó como "un grave revés para la democracia".

Igualmente, aprovecharon la ocasión para insistir en su exigencia a las autoridades venezolanas: "Inmediatamente liberar a todos los presos políticos" y "celebrar elecciones lo antes posible".

¿Hubo autogolpe? ¿Se disolvió al parlamento venezolano?

20 de marzo de 2017
Crédito: alai
Agencia Latinoamericana de Información 
Misión Verdad

Son estas preguntas claves frente a la escaramuza de poderes y conflicto político que ha recrudecido en Venezuela y que ha sido planteado a partir de un dictamen del 29 de marzo del Tribunal Supremo de Justicia, que asume de manera accidental y eventual funciones del parlamento venezolano, hoy en desacato y en situación de nulidad en sus actos administrativos.

¿Hubo autogolpe?

No. Para empezar, que el dictamen del Tribunal Supremo de Justicia asume la situación actual de desacato de la Asamblea Nacional venezolana, al no resolver la situación de 3 mal llamados diputados de Amazonas, cuya juramentación fue espuria por haber sido impugnada ante el ente electoral venezolano. Aunque el TSJ declara los "constantes" actos de desacato del parlamento y su actitud contraria a la institucionalidad señalada en la Constitución por desconocimiento del Poder Judicial, no desconoce la existencia del mismo ni los cargos de quienes (sin impugnaciones) lo integran y cuentan con su nombramiento.

En esencia, el dictamen del TSJ mantiene el espíritu de dictámenes anteriores, donde se conminó repetidamente al parlamento a desistir de su posición de desacato, ya que el TSJ declara que asumirá funciones del parlamento "hasta la superación del desacato" del parlamento. Lo que constituye una situación de "golpe de Estado" es el desplazamiento de un factor político, desmembrándolo. No hay golpe de Estado cuando ese factor político puede, por vías legales e institucionales, volver a funciones, como efectivamente podría hacer la Asamblea Nacional si decide volver al ruedo institucional superando su desacato. Un golpe de Estado desconocería esa posibilidad que aún tiene el parlamento.

¿Se disolvió a la Asamblea Nacional?

Definitivamente no. De hecho, la Asamblea Nacional podría volver a funciones en sólo unos días si tan sólo Henry Ramos Allup y la directiva electa en enero de 2016 deciden desincorporar a los "diputados" de Amazonas y luego colocar a Julio Borges en la presidencia del parlamento. La directiva de Ramos Allup ha sido la única electa en situación de acato constitucional. No es el caso de la directiva de Julio Borges. Visto así, todos los actos de la directiva de Borges son nulos.

Recordemos que en el mes de enero, luego del diálogo con el chavismo, la AN aceptó retirar a los diputados de Amazonas. Aún estando en desacato, nombraron a Borges y retiraron a los diputados de Amazonas. Ese acto es nulo. El TSJ conminó al parlamento a cumplir con el mecanismo de manera jurídicamente correcta, pero se rehusaron e intempestivamente se retiraron del diálogo trancando el juego político.

Una Asamblea Nacional en condiciones y con garantías de volver a funciones, no es una Asamblea disuelta.

¿Por qué asume funciones el TSJ?

El TSJ, al igual que todos los poderes públicos, está en la obligación de resguardar el hecho constitucional, el hecho institucional y en definitiva proteger a la sociedad de todo tipo de conmociones. Es decir, se trata de la protección del "pacto social" venezolano.

Dada la situación de estancamiento del parlamento autoanulado y en desacato, se cierne sobre el hecho político la ausencia intermitente de uno de los poderes del Estado. Situación que ya lleva más de un año. Esto implica un espacio vacío del Estado, la ausencia de un poder, situación que pone en desequilibrio y vulnerabilidad institucional al Estado. En los hechos la MUD ha usado el parlamento para embestir al Estado todo, al poder Ejecutivo y a los demás poderes públicos y esta afrenta pone en peligro las instituciones todas y significa una vulneración del Estado de Derecho. Ante esto, el TSJ se ha pronunciado.

El propósito es sostener el funcionamiento del Estado, de manera accidental, eventual, mientras los factores políticos que son mayoría en el parlamento deciden superar su actual situación cuyo nombre jurídico exacto es "Omisión Inconstitucional Parlamentaria", según la interpretación del TSJ de la Constitución.

Se recrudece el ciclo de confrontación en los frentes interno y externo en Venezuela

Hay que insistir en que esta será una situación que persistirá en la medida en que los factores de la MUD en el parlamento lo decidan. El TSJ es claro y afirma en el numeral 4to de su dictamen: "Mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho".

¿Hay un evento económico que detonó el asunto?

El chavismo ha denunciado que el parlamento en manos de la MUD ha elevado exponencialmente los enfrentamientos políticos nacionales, ahora choques de poderes. Se ha producido una escalada sin precedentes que para el chavismo y el Gobierno venezolano se traducen en "intentos de paralización del Estado y del país". El chavismo denuncia también que el parlamento es parte de un boicot institucional para profundizar otras situaciones de boicot económico, cuestiones que han dado la única victoria parlamentaria a la derecha venezolana en 18 años. No es temeraria ni exagerada esa afirmación. Veamos.

El dictamen del TSJ es consecuencia de una consulta realizada por el Ejecutivo venezolano por medio de la empresa y corazón de la economía venezolana, Petróleos de Venezuela (Pdvsa), quienes están en la obligación de someter al parlamento conformar "empresas mixtas" o consorcios, para interactuar financieramente con empresas inversionistas en los desarrollos petroleros de Venezuela. Pdvsa, ante la situación del parlamento, sometió a consideración del TSJ una vía para poder conformar nuevas empresas mixtas y atraer nuevas inversiones.

El TSJ respondió en el numeral 1ero de su dictamen lo siguiente: "Sobre la base de la omisión inconstitucional declarada (del parlamento), declaró (la Sala Constitucional del TSJ) que no existe impedimento para que el Ejecutivo Nacional constituya empresas mixtas en el espíritu que establece el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, debiendo informarle a la Sala Constitucional de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones. Así como también cualquier modificación posterior de las condiciones deberá ser informada a la Sala". Ese es el meollo. Esa es la única función que el TSJ asume y que aparece explícitamente señalada en su dictamen.

Esto significa que el TSJ sólo debe ser notificado de las asociaciones de Pdvsa para que el TSJ vele por el cumplimiento de la actual Ley de Hidrocarburos, y nada más. Autorizan al Presidente a continuar llevando la dirección económica en el marco del "Estado de Excepción y Emergencia Económica" vigente para continuar en la labor de tomar las acciones pertinentes para superar la situación económica actual.

¿Cuál es la apuesta de los enemigos del chavismo dentro y fuera de Venezuela?

Nadie debe poner en duda que Pdvsa y Venezuela requieren un aumento del flujo de la inversión extranjera, más todavía si tiene lugar en las áreas vitales y sensibles a la economía nacional, como es el caso de los desarrollos petroleros nacionales y el proyecto petrolero más grande del mundo: la Faja Petrolífera del Orinoco Hugo Chávez. ¿Cuál es la apuesta del parlamento al intentar boicotear esto? ¿Acaso apuesta al recrudecimiento de la situación económica venezolana? Debemos preguntarnos.

La reacción desproporcionada de la derecha en Venezuela y en el extranjero, al declarar un "golpe de Estado" y una "disolución del parlamento" se inscribe en la trama de caotización e injerencismo que auspicia el antichavismo dentro y fuera de Venezuela respectivamente. Ocurre justo ahora, una aceleración de los eventos y una intoxicación política desproporcionada en varios frentes en simultáneo.

Estados Unidos y otros países obedientes a su agenda exterior mueven fichas y reaccionan, desconociendo el apego a la legalidad del TSJ venezolano. Y esto es un asunto de cuidado. A sólo horas del dictamen del TSJ, el Secretario General de la OEA Luis Almagro, ha convocado a una nueva "reunión de urgencia" del Consejo Permanente de esa organización para decretar a Venezuela como Estado forajido. Se recrudece con esto el ciclo de confrontación. Tal parece que las acciones de boicot a Venezuela recrudecen de maneras cada vez más consistentes, y a la vez insólitas.