25 de agosto de 2017
Crédito: Aporrea.org
Para
los integrantes de la ANC se ha convertido en una prioridad evitar y
penalizar las expresiones de rechazo a la gestión del Presidente
Maduro y los escándalos y escraches que se han proliferado en contra
de los funcionarios del Gobierno actual.
En
ese sentido, los miembros de la plenipotenciaria ANC quieren aprobar
una "ley constitucional" que prohíba los mensajes de
intolerancia y odio. Designarán una comisión para evaluar cada caso
La
medida pretende abarcar expresiones en las redes sociales, los medios
de comunicación convencionales o en persona.
Los
545 constituyentistas analizan desde la semana pasada un proyecto de
"Ley Constitucional para la Promoción y Garantía de la
Convivencia Pacífica", presentado el 10 de agosto por el
presidente Nicolás Maduro.
Hoy
lunes las "representaciones" sectoriales y territoriales
deben entregar las "observaciones" al documento ya que el
Gobierno tiene especial interés en aprobar el texto legal cuanto
antes.
El
proyecto que se está evaluando tiene trece artículos y una
disposición final. El primero establece que el objetivo general es
"contribuir a generar las condiciones necesarias para promover y
garantizar el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el
respeto recíproco, así como para prevenir y erradicar toda forma de
violencia política, odios e intolerancias, a los fines de asegurar
la efectiva vigencia de los derechos humanos, favorecer el desarrollo
social, preservar la paz y la tranquilidad pública y proteger a la
Nación".
El
artículo 3 indica que deberá existir una "política pública"
destinada a la promoción de la convivencia pacífica, a través de
dos "ejes". En primer lugar, mediante la incidencia en los
procesos educativos y comunicacionales, especialmente los orientados
al público menor de edad. En segundo término, se proponen diseñar
mecanismos de "prevención y control de las formas de violencia,
odios, intolerancias y otras conductas relacionadas".
Los
artículos cuarto y quinto del proyecto señalan la obligatoriedad de
incorporar en los programas educativos contenidos que promocionen el
valor de la paz.
Las
restricciones comienzan en el sexto artículo del documento, cuando
se prohíbe en forma taxativa "toda propaganda a favor de la
guerra y toda apología del odio nacional, racial, religioso,
político y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a
la discriminación, la hostilidad, la intolerancia o la violencia".
"La
difusión de estos mensajes por los prestadores de servicio de radio
y televisión será considerada como causal de revocatoria de la
concesión, de conformidad con lo previsto en la Ley de
Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.
En el caso de los medios electrónicos la difusión de los mensajes a
que hace referencia este artículo dará lugar al bloqueo de los
portales, sin perjuicio de la responsabilidad penal y civil a que
hubiere lugar", añade el proyecto de ley.
A
través de esta norma, el Gobierno también se asegura una tajada del
espacio disponible en los medios independientes, con el pretexto de
promover "la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco".
Además
de estas sanciones de corte administrativo, el artículo 13 prevé
sanciones corporales para quien "fomente, promueva o incite al
odio, la discriminación o la violencia contra una persona, en razón
de su pertenencia a determinado grupo racial, religioso, político o
cualquier otra naturaleza".
En
estos casos, las penas tendrán como mínimo diez años de prisión y
un máximo de quince años. La incitación al odio, por lo tanto,
tendría para el Estado una gravedad superior que algunas formas de
tráfico de drogas (penas mínimas de ocho años de prisión), e
incluso que la conformación de cuerpos o grupos armados (hasta
cuatro años de prisión), según lo estipulado en el Código Penal.
El
proyecto establece que se aplicará la pena máxima de prisión si la
incitación al odio ocurre "en razón de la pertenencia de la
víctima a determinado grupo racial, religioso, político o de
cualquier otra naturaleza basada en motivos discriminatorios".
Para
llevar a la práctica las disposiciones de la ley, se plantea la
creación de una Comisión para la Promoción y Garantía de la
Convivencia Pacífica. Sus tareas concretas serán "diagnosticar,
organizar y formular las directrices de la política pública
destinada a promover y garantizar el reconocimiento de la diversidad,
la tolerancia y el respeto recíproco, así como para prevenir y
erradicar toda forma de violencia política, odios e intolerancias".
Este
grupo estará conformado por quince personas designadas por la ANC.
Dos serán constituyentistas, tres serán delegados respectivamente
de los ministerios de Educación, Educación Universitaria y
Relaciones Interiores. Los demás serán representantes de los
sectores juveniles, académicos, de la comunicación y la cultura.
Esta
comisión no sólo podrá convocar los distintos órganos del Estado.
También podrá dictar pautas al Ejecutivo, realizar consultas
públicas, eventos, estudios y diagnósticos.
Además,
podrá "dictar medidas de aplicación inmediata por parte de
todos los órganos y entes del Poder Público". Por ende, sus
poderes serán amplios.
Este
grupo tendrá una duración de nueve meses, contados a partir del
momento de su instalación efectiva. No se indica si serán
prorrogables.
La
comisión dictará sus propias pautas de funcionamiento, y al final
de su vigencia presentará un informe con la descripción de las
"normas, acciones y medidas implementadas".
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